La usurpación de la identidad por los delincuentes ocasiona dos grupos de víctimas:
los verdaderos titulares de las identidades suplantadas que se enfrentan por
esta causa a numerosos trastornos personales y económicos que perjudican su
buen nombre y solvencia, y las entidades financieras o comerciales estafadas
que perdieron el dinero que entregaron mediante el engaño.
Vamos a analizar seguidamente las
razones que a veces originan el desencuentro entre ambos grupos de víctimas con
el fin de que un mejor conocimiento del problema y la puesta en funcionamiento
de algunas medidas que faciliten el encuentro, sirvan para que ambos grupos de
víctimas se pongan del mismo lado frente a los delincuentes.
Sucede que cuando los
delincuentes que usurpan las identidades de los ciudadanos dejan de pagar las deudas que contraen con sus
actividades delictivas, las entidades financieras perjudicadas inician los procedimientos
establecidos internamente para la recuperación de las deudas, procediendo contra
los verdaderos titulares de las identidades suplantadas, puesto que desconocen que
se han producido las usurpaciones de identidad.
Es en ese proceso de recuperación
de deudas cuando se produce la desconexión informativa entre los verdaderos
titulares de las identidades suplantadas y las empresas financieras y
comerciales, puesto que los estafadores suelen modificar algunos de los datos que constan en los
documentos identificativos, y especialmente los domicilios, impidiendo así que las
entidades de crédito o las comerciales puedan comunicarse con los verdaderos titulares con
anterioridad al inicio de los
procedimientos civiles de recuperación de deuda.
La desconexión informativa entre los verdaderos titulares
de las identidades suplantadas y las entidades financieras y comerciales victimizadas
ocasiona situaciones desagradables para ambas partes, puesto que frecuentemente, el conocimiento de la existencia de estos
procedimientos abiertos por parte de los verdaderos titulares de las
suplantaciones, se produce cuando aquellos
acuden a alguna entidad financiera a solicitar un crédito, o cuando a sus
domicilios les llega una citación judicial.
Este es un problema de
desconexión informativa que no suelen tenerlo ni la Policía ni los Juzgados, porque
cuando estas instituciones públicas inician sus investigaciones tienen un fácil
acceso a las bases de datos estatales de identificación, lo que no sucede con
las empresas victimizadas que no pueden comprobar estos extremos por imposibilidad
legal.
Aunque esta limitación legal dificulta que las entidades financieras y comerciales con interés legítimo
puedan acudir a fuentes oficiales de identificación para la comprobación de las identidades y por eso surgen fallos, resulta comprensible la indignación de los verdaderos titulares de las identidades
suplantadas contra las entidades financieras y contra las empresas
responsables del funcionamiento de los ficheros de solvencia, cuando conocen su
inclusión en los mismos por la existencia de deudas que no son suyas.
Es por ello por lo que resulta
importante que sean las propias empresas financieras y comerciales las que
cuiden que no se desborden estas situaciones incómodas, facilitando a los ciudadanos la información necesaria para
que éstos puedan solucionar con rapidez el problema personal que les originan
las usurpaciones de sus identidades, lo que exige una formación adecuada de los
empleados que se encargan de los departamentos de reclamaciones, para que sepan
gestionar de forma profesional cualquier
tipo de conflicto.
Los empleados deben saber explicar
a los ciudadanos las razones que permitieron a las entidades financieras o
comerciales la cesión de sus datos a los ficheros de morosidad, haciéndoles ver que sus empresas fueron también víctimas de las suplantaciones de
identidad y que por ello están sufriendo
perjuicios económicos.
Siempre resulta aconsejable que a
los ciudadanos se les pidan disculpas por las incomodidades que están sufriendo,
asegurándoles que una vez aclaren la
situación no tendrán que preocuparse de las deudas ni de su inclusión en los
ficheros de morosidad. Hay que hacerles saber también que el sector financiero y
comercial carece de las herramientas y autorizaciones oficiales necesarias para
poder verificar las identidades de los ciudadanos en los ficheros públicos, lo
que evitaría una gran parte de las actuales suplantaciones de identidad, al
mismo tiempo que se les informará sobre
los pasos que deben dar para solucionar los problemas derivados de las
usurpaciones.
En las suplantaciones de
identidad se enfrentan dos derechos legítimos, el de las entidades victimizadas
a las que los delincuentes han estafado, y el de los verdaderos titulares de
las identidades suplantadas. Con todo, los empleados de las entidades deben ser
conscientes que los ciudadanos suplantados están sufriendo una doble
victimización; la primera derivada del propio hecho de la suplantación, que les
obliga a numerosas gestiones en organismos públicos y privados, y la segunda,
porque al estar cedidos sus datos personales a los ficheros de morosidad, se
les está impidiendo el acceso al crédito o se les está dificultando en ese
momento la consumación de algún negocio. En esta situación de conflicto
evidente, las entidades son las que deben actuar con más delicadeza gracias a
su profesionalidad, evitando así efectos reputacionales negativos en los
ciudadanos afectados, y en sus familias y amistades.